Ley de Responsabilidad Fiscal - Tribunal de Cuentas Mendoza

Informe sobre cumplimiento


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Normativa Relacionada

Ley 7314 de Responsabilidad Fiscal

Con fecha 20 de diciembre de 2004 se promulgó la Ley Nº 7.314, denominada de Responsabilidad Fiscal, en la que se establecen principios rectores a los que debe ajustarse la Política Fiscal de la Provincia de Mendoza, en pos de la consecución del equilibrio presupuestario y de la responsabilidad de los funcionarios en la gestión fiscal.

En ella se designa al Tribunal de Cuentas de la Provincia como autoridad de aplicación de la misma, asignándole funciones especiales al respecto, las que complementan a las ya establecidas por la Constitución y las leyes, en especial la Nº 1.003, orgánica del Tribunal.

Es así como le encomienda expresamente la reglamentación en aquellos aspectos inherentes a:

  • cronogramas de presentación de los informes exigidos por la citada ley;
  • determinación de los responsables de la presentación de dichos informes;
  • determinación de los responsables de la elaboración de dichos informes;
  • elaboración de los informes de seguimiento sobre el cumplimiento de la ley.

Del articulado de la Ley Nº 7.314 se desprende la obligatoriedad, para toda la administración pública provincial y municipal, de presentar periódicamente, a la H. Legislatura, H. Concejos Deliberantes y al Tribunal de Cuentas, Informes de Gestión Presupuestaria en los que se comparen los recursos, erogaciones y resultados del período informado con los presupuestados, brindando además una explicación sobre las diferencias ocurridas.

El Tribunal deberá, una vez finalizados estos períodos, informar a las Comisiones de Hacienda y Presupuesto de la H. Cámara de Senadores y H. Cámara de Diputados, sobre el Seguimiento y Evaluación del cumplimiento de las disposiciones de la ley por parte de los obligados. Asimismo se encuentra facultado para aplicar sanciones a aquellos funcionarios que incumplan con las obligaciones establecidas.

Como consecuencia de lo antedicho, con fecha 15 de junio de 2005, se dictó el Acuerdo nº 3.949 reglamentario de la ley nº 7.314. El mismo fue publicado en el Boletín Oficial del 8 de julio del 2005.

Este Acuerdo ha determinado el cronograma de presentación de los informes y además ha estandarizado la documentación a presentar, poniendo énfasis en la información digitalizada, cumpliendo de ese modo con las premisas de fortalecimiento y modernización institucional, como son la incorporación de tecnologías de información y la integración de la información generada por distintos organismos públicos.